Control del Fraude

Introducción

SISTEMA DE MEDIDAS ANTIFRAUDE

Para llevar a cabo una eficaz lucha contra el fraude, el Ayuntamiento de Puerto Real, como Organismo Intermedio Ligero, a efectos de la selección de operaciones, y entidad beneficiaria de la EDUSI ha implantado una serie de medidas y compromisos, de obligatorio cumplimiento, que desplegarán sus efectos en función del momento en que pueda encontrarse el potencial riesgo de fraude.

En este sentido, se distinguen tres grandes grupos de medidas:

Medidas de Prevención del Fraude

  1. Aprobación de la “Declaración Institucional Pública de Lucha contra el Fraude”. Esta Declaración se ha hecho pública y visible en las páginas web del Ayuntamiento y de la EDUSI.
  2. Comunicación del compromiso municipal con la Política Antifraude, a través de la difusión de la Declaración Institucional en los canales de comunicación habituales del Ayuntamiento (web, nota de prensa, etc.).
  3. Elaboración de un Código de Conducta. Este Código Ético o de Conducta será de obligado cumplimiento para todo el personal municipal, en el que se establezca el comportamiento esperado del mismo ante posibles circunstancias que pudieran dar lugar a fraude: conflicto de intereses, política de regalos, información confidencial, etc.
  4. Formación y concienciación a los responsables y empleados municipales en materia antifraude. Además del compromiso activo de participación por parte del personal municipal en los foros que se puedan organizar por las Autoridades de Fondos sobre esta materia y de, en su caso, organizar iniciativas propias en este sentido.
  5. Constitución de una Unidad Antifraude en el seno del Ayuntamiento integrada por personal propio del Ayuntamiento con una especial capacitación para desarrollar funciones relacionadas con la prevención, detección y persecución del posible fraude.
  6. Implantación de un Sistema de Autoevaluación para determinar el riesgo de fraude al que está sometido el Ayuntamiento en sus procesos de selección de los solicitantes y de contratación pública.

Este Sistema consiste en una Herramienta facilitada por la Autoridad de Gestión del POCS, que permite determinar, en un determinado momento, el grado de “impacto” y “probabilidad” de que ocurran los riesgos inicialmente identificados, así como los controles atenuantes que se proponen para tratar de reducir esta exposición al riesgo.

El Ayuntamiento se compromete a realizar la referida Autoevaluación, al menos, una vez al año.

  1. Implantación de un potente Sistema de Control Interno para la Detección del Fraude, que permita chequear todos los procedimientos inherentes a la ejecución de las operaciones de la EDUSI para garantizar que en los mismos no se han producido incidencias de posible fraude o corrupción.
  2. Creación de un Buzón Anónimo de Denuncia, en la web municipal (banner de “RECLAMACIONES”[1]), en el que cualquier interesado puede alertar sobre posibles sospechas de fraude, con el consiguiente compromiso municipal de incoación de un expediente informativo a cargo de la Unidad Antifraude para determinar las posibles responsabilidades.

Medidas de Detección del Fraude

  1. Incrementar los controles y, muy especialmente, en el proceso de selección de operaciones y en los procesos de contratación vinculados a las operaciones seleccionadas.
  2. Establecimiento, en las páginas web de la EDUSI, de un “Canal de Denuncias” abierto que permita a cualquier persona interesada formular la oportuna denuncia y el procedimiento que seguirá la misma para su tramitación.
  3. Asunción, como propios, de los sistemas de control basados en el Análisis de Datos (Data Mining) que pudiera sugerir la Comisión Europea, la Autoridad de Gestión o el Organismo Intermedio de Gestión (Herramienta ARACHNE ó similar), con el fin de detectar posibles fraudes o irregularidades en la gestión.

Esta asunción implica el compromiso formal por parte del Ayuntamiento de ofrecer toda la información que tenga disponible en relación a las operaciones que pudieran ser objeto de investigación por parte de los responsables del Programa Operativo, de forma que se facilite esta tarea.

  1. Imbuir en todos los responsables de la gestión de la EDUSI y, muy especialmente, en los componentes de la Unidad Antifraude, un nivel de escepticismo saludable, junto con una concienciación constante de lo que pueden constituir señales de advertencia de posible existencia de fraude.
  2. Aplicar posibles “indicadores de alerta” que permitan sospechar que está teniendo lugar una actividad fraudulenta, ante la que se requiere una reacción inmediata para comprobarla y, en su caso, tratar de evitarla.
  3. Establecer la obligación de que cualquier persona que forme parte de alguna/s de las unidad/es de la EDUSI, tendrá la obligación de notificar a la Unidad Antifraude cualquier sospecha de que se está produciendo una actividad fraudulenta, para que ésta incoe el correspondiente expediente.

Medidas de Corrección y Persecución del Fraude

  1. Ante cualquier sospecha de fraude, corresponderá intervenir a la Unidad Antifraude, para que recabe toda la información necesaria que le permita finalmente concluir si efectivamente ésta se ha, o no, producido.
  2. En el supuesto de que exista cualquier sospecha de fraude, se notificará de forma inmediata tal circunstancia tanto a los responsables de la EDUSI a nivel municipal (Alcaldía-Presidencia) como a los responsables del Programa Operativo (Autoridad de Gestión y/u Organismo Intermedio de Gestión).
  3. Igualmente se notificará a estos mismos organismos cualquier caso o circunstancia que pueda perjudicar la reputación de la Política de Cohesión.
  4. Alcaldía-Presidencia ante la notificación recibida, movilizará los recursos jurídicos municipales (Secretaría, Asesoría Jurídica y/o Contratación), para incoar el expediente que permita recuperar los importes indebidamente percibidos por parte de sus beneficiarios y la correspondiente acción penal.
  5. La persecución del fraude se dará a conocer por parte del Ayuntamiento a través de todos sus medios de comunicación disponibles para tratar de disuadir a otros posibles defraudadores.
  6. La detección del fraude conllevará, igualmente, una nueva revisión de los procesos y controles con los que se ha dotado la EDUSI para tratar de evitarlos. Para ello se realizará una revisión objetiva y crítica, a través de la “Herramienta de Autoevaluación del Fraude”, por parte de la Unidad Antifraude, para tratar de detectar posibles “fugas” o “lagunas” del sistema.
  7. En el caso de que se detecten irregularidades sistemáticas, se pondrá en marcha un Plan de acción que contemple las siguientes acciones:
    1. Revisión de la totalidad de los expedientes incluidos en esa operación y/o de naturaleza análoga.
    2. Retirada de cofinanciación comunitaria de todos aquellos expedientes en los que se identifique la incidencia detectada.
    3. Comunicación a las delegaciones, departamentos u organismos ejecutores de las medidas necesarias a adoptar para subsanar la debilidad detectada, de forma que las incidencias encontradas no vuelvan a repetirse.
    4. Revisión de los sistemas de control interno para establecer los mecanismos oportunos que detecten las referidas incidencias en las fases iniciales de verificación.